<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0" xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/" xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"><channel><title>La Columna</title><description>Columnas firmadas, fechadas y con la fuente al pie. Análisis y opinión firmada sobre la política peruana. Cada columna dice quién la escribe y de qué documento, dato o hecho verificable sale su argumento. Se publican voces distintas y cada una va con su nombre. Sin adscripción partidaria.</description><link>https://lacolumna.pe/</link><language>es</language><copyright>La Columna</copyright><managingEditor>redaccion@lacolumna.pe (Omni Media)</managingEditor><image><url>https://lacolumna.pe/logo.svg</url><title>La Columna</title><link>https://lacolumna.pe/</link></image><item><title>INDECI programa simulación nacional por El Niño para el 20 de octubre</title><link>https://lacolumna.pe/notas/2026-10-13-indeci-programa-simulacion-nacional-por-el-nino-para-el-20-de-octubre/</link><guid isPermaLink="true">https://lacolumna.pe/notas/2026-10-13-indeci-programa-simulacion-nacional-por-el-nino-para-el-20-de-octubre/</guid><description>El ejercicio se realizará de 8:00 a 14:00 horas con participación obligatoria de instituciones nacionales, regionales y cooperación internacional.</description><pubDate>Tue, 13 Oct 2026 08:55:29 GMT</pubDate><content:encoded>&lt;p&gt;El &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2563828-1&quot;&gt;Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI)&lt;/a&gt; aprobó la programación de una &quot;Simulación ante un Desastre de Gran Magnitud en el contexto del Fenómeno El Niño 2026-2027&quot; para el 20 de octubre de 2026, entre las 08:00 y 14:00 horas, mediante la &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2563828-1&quot;&gt;Resolución Jefatural Nº 000293-2026-INDECI/JEF&lt;/a&gt; firmada el 12 de octubre en San Isidro.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;El ejercicio busca &quot;fortalecer las capacidades nacionales para la aplicación del mecanismo de la asistencia humanitaria internacional ante un desastre de gran magnitud en el contexto del Fenómeno el Niño 2026-2027&quot;, según el texto de la &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2563828-1&quot;&gt;resolución&lt;/a&gt;.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;Participan la Presidencia del Consejo de Ministros, el INDECI, los Ministerios de Relaciones Exteriores, Defensa, Interior, Salud, Transportes y Comunicaciones, Economía y Finanzas, Desarrollo Agrario y Riego y &quot;otros Ministerios, que se consideren necesarios involucrar&quot;, indica la &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2563828-1&quot;&gt;norma&lt;/a&gt;.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;También están convocados el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional, los Centros de Operaciones de Emergencia de los ministerios mencionados, el Gobierno Regional del Callao, la Red Humanitaria Nacional, SUNAT, CORPAC, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), la Superintendencia Nacional de Migraciones, DIGESA, DIGEMID, el CDC PERÚ, SENASA y &quot;entidades del sector privado involucrados en la gestión de asistencia humanitaria internacional&quot;, precisa el &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2563828-1&quot;&gt;documento&lt;/a&gt;.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;La autorización se sustenta en los Informes Técnicos Nº 000005-2026-INDECI/SDGRR-JLP del 22 de septiembre y Nº 000086-2026-INDECI/SDGRR del 7 de octubre de 2026, elaborados por la Dirección de Preparación, según la &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2563828-1&quot;&gt;resolución&lt;/a&gt;.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;El ejercicio complementa la Directiva Nº 004-2025-INDECI/SEC GRAL &quot;Organización Ejecución y Evaluación de los ejercicios de Simulación Nacional ante Desastre de Gran Magnitud y de Simulación Regional Multipeligro para los años 2025-2027&quot;, aprobada por Resolución Jefatural Nº 000031-2025-INDECI/JEF INDECI, detalla la &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2563828-1&quot;&gt;norma&lt;/a&gt;.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;El INDECI fundamenta la medida en el artículo 4, literal a), de la Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres Nº 001-2025-PCM/SGRD, que autoriza al instituto a regular mediante Resolución Jefatural &quot;la ejecución de simulacros y simulaciones adicionales&quot; ante &quot;circunstancias de necesidad excepcionales y determinadas por situaciones adversas súbitas debidamente justificadas por el pronunciamiento de entidades técnico científicas&quot;, según la &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2563828-1&quot;&gt;resolución&lt;/a&gt;.&lt;/p&gt;
</content:encoded><category>Análisis</category><category>nacional</category><author>Redacción La Columna</author></item><item><title>El Ministerio de Cultura protege provisionalmente el sitio arqueológico Markapuchungo en Apurímac</title><link>https://lacolumna.pe/notas/2026-10-11-el-ministerio-de-cultura-protege-provisionalmente-el-sitio-arqueologico-markapuc/</link><guid isPermaLink="true">https://lacolumna.pe/notas/2026-10-11-el-ministerio-de-cultura-protege-provisionalmente-el-sitio-arqueologico-markapuc/</guid><description>La Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble determinó la protección provisional del sitio por afectación verificada debido a expansión agrícola y urbana.</description><pubDate>Sun, 11 Oct 2026 16:29:55 GMT</pubDate><content:encoded>&lt;p&gt;El &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2562999-1&quot;&gt;Ministerio de Cultura determinó la protección provisional del sitio arqueológico Markapuchungo&lt;/a&gt;, ubicado en el distrito de Challhuahuacho, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac, mediante Resolución Directoral N° 000265-2026-DGPA-VMPCIC/MC del 2 de octubre de 2026.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;La &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2562999-1&quot;&gt;Dirección Desconcentrada de Cultura de Apurímac sustentó la propuesta&lt;/a&gt; mediante Informe de Inspección N° 001-2026-DDC APU-ECH-MC del 23 de junio de 2026, que especifica &quot;los fundamentos sobre la valoración cultural positiva y niveles de vulnerabilidad del bien inmueble objeto de protección provisional&quot;.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;El &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2562999-1&quot;&gt;sitio arqueológico viene siendo objeto de afectación verificada&lt;/a&gt; debido a agentes antrópicos y factores naturales. Según el informe de inspección, dentro del sitio arqueológico &quot;se evidenció que presenta suelos removidos (terrenos arados) con exposición de material arqueológico (tiestos de cerámica) y plantaciones de papa&quot;. También se constató &quot;un crecimiento&quot; urbano o rural que afecta el monumento prehispánico.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;La &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2562999-1&quot;&gt;resolución se emitió en el marco del Capítulo XIII del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación&lt;/a&gt;, incorporado por Decreto Supremo N° 007-2017-MC, que &quot;permite realizar los actos conducentes para la protección física, defensa, conservación y protección legal de aquellos bienes no declarados, ni delimitados a la fecha&quot;.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;La &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2562999-1&quot;&gt;Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble tiene facultad delegada&lt;/a&gt; para determinar la protección provisional de bienes inmuebles prehispánicos que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, mediante Resolución Viceministerial N° 000318-2025-VMPCIC-MC del 29 de diciembre de 2025.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;Determinada la protección provisional, &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2562999-1&quot;&gt;se inicia el trámite para su declaración y delimitación definitiva en el plazo máximo de dos años&lt;/a&gt;, prorrogable por dos años más, según el artículo 100 del Reglamento de la Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación.&lt;/p&gt;
</content:encoded><category>Columnas</category><category>nacional</category><author>Redacción La Columna</author></item><item><title>JNE convoca a suplentes en seis distritos por licencias electorales de alcaldes</title><link>https://lacolumna.pe/notas/2026-10-07-jne-convoca-a-suplentes-en-seis-distritos-por-licencias-electorales-de-alcaldes/</link><guid isPermaLink="true">https://lacolumna.pe/notas/2026-10-07-jne-convoca-a-suplentes-en-seis-distritos-por-licencias-electorales-de-alcaldes/</guid><description>El Jurado Nacional de Elecciones expidió credenciales provisionales para que regidores y candidatos no proclamados asuman cargos municipales mientras sus titulares participan en las elecciones del 4 de octubre.</description><pubDate>Thu, 08 Oct 2026 00:41:03 GMT</pubDate><content:encoded>&lt;p&gt;El &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2562181-1&quot;&gt;Jurado Nacional de Elecciones&lt;/a&gt; emitió seis resoluciones entre el 26 y el 31 de agosto de 2026 para convocar a regidores y candidatos no proclamados que asumirán provisionalmente como alcaldes y regidores en igual número de municipios distritales, mientras sus titulares cumplen licencias sin goce de haber para participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2026.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;Las autoridades municipales solicitaron licencia entre abril y junio de 2026 para competir como candidatos en las elecciones del 4 de octubre. Los concejos municipales aprobaron las solicitudes con acuerdos que fijan el período de licencia desde el &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2562180-1&quot;&gt;4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026&lt;/a&gt;, conforme al plazo de treinta días calendario previos a la elección establecido por la Resolución N° 00746-2025-JNE.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;En &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2562181-1&quot;&gt;Huay Huay&lt;/a&gt;, provincia de Yauli, departamento de Junín, el alcalde Ángel Roberto Aylas Jara solicitó licencia el 21 de mayo de 2026, aprobada por Acuerdo de Concejo Municipal N° 016-2026-MDH/CM del 29 de mayo. En &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2562180-1&quot;&gt;Carmen Alto&lt;/a&gt;, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, el alcalde Ulises Felipe Huaman Flores presentó su solicitud el 13 de mayo de 2026, autorizada mediante Acuerdo N° 27-2026-MDCA/CM del 15 de mayo; el JNE convocó a Orlando Córdova Palomino como alcalde provisional y a María Elena Cconislla Silva como regidora.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;En &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2562179-1&quot;&gt;Ocongate&lt;/a&gt;, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco, el alcalde Moisés Quispe Huallpa solicitó licencia mediante documento registrado el 9 de junio de 2026, aprobada por Acuerdo de Concejo N° 066-2026-CM-MDO/Q del 5 de agosto. En &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2562178-1&quot;&gt;Parinari&lt;/a&gt;, provincia y departamento de Loreto, el alcalde Luis Carlos Marín Irarica presentó su solicitud el 1 de junio de 2026 para postular a consejero regional, autorizada por Acuerdo N° 011-2026-SO-MDP del 12 de junio.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;En &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2562177-1&quot;&gt;Checacupe&lt;/a&gt;, provincia de Canchis, departamento de Cusco, el alcalde Percy Cueva Bolaños solicitó licencia el 8 de junio de 2026 para participar como candidato a regidor provincial, aprobada mediante Acuerdo de Concejo N° 032-2026-CM-MDCH del 11 de junio. En &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2562176-1&quot;&gt;La Merced&lt;/a&gt;, provincia de Aija, departamento de Áncash, la alcaldesa Magaly Bertha Roldán Camones y el regidor Cristian Jesús Oncoy Toledo obtuvieron licencias por acuerdos del 9 de abril y 27 de mayo de 2026, respectivamente.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;Las resoluciones del JNE ordenan expedir credenciales provisionales a los regidores que siguen en el orden de prelación de cada lista electoral, conforme al &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2562181-1&quot;&gt;artículo 24 de la Ley Orgánica de Municipalidades&lt;/a&gt;, que establece que en caso de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil de su lista, y que los regidores son reemplazados por suplentes respetando la precedencia electoral. Las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente de las elecciones, según la &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2562178-1&quot;&gt;Resolución N° 00747-2025-JNE&lt;/a&gt;.&lt;/p&gt;
</content:encoded><category>Análisis</category><category>nacional</category><author>Redacción La Columna</author></item><item><title>Minsa amplía campaña contra el sarampión hasta noviembre por prórroga de emergencia sanitaria</title><link>https://lacolumna.pe/notas/2026-09-18-minsa-amplia-campana-contra-el-sarampion-hasta-noviembre-por-prorroga-de-emergen/</link><guid isPermaLink="true">https://lacolumna.pe/notas/2026-09-18-minsa-amplia-campana-contra-el-sarampion-hasta-noviembre-por-prorroga-de-emergen/</guid><description>La modificación responde a la extensión por 90 días de la emergencia sanitaria por brote de sarampión en Puno y riesgo en otros trece departamentos.</description><pubDate>Fri, 18 Sep 2026 06:14:40 GMT</pubDate><content:encoded>&lt;p&gt;El Ministerio de Salud amplió el cronograma de difusión de su campaña publicitaria contra el sarampión hasta noviembre de 2026, según &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2555205-1&quot;&gt;Resolución Ministerial N° 829-2026/MINSA del 16 de septiembre&lt;/a&gt;. La campaña institucional &quot;Ponle el pare al Sarampión&quot; estaba programada originalmente para ejecutarse entre junio y septiembre de 2026.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;La modificación del cronograma responde a la prórroga de la emergencia sanitaria por brote de sarampión. El &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2555205-1&quot;&gt;Decreto Supremo N° 013-2026-SA&lt;/a&gt; extendió, a partir del 15 de agosto de 2026, por 90 días calendario la emergencia declarada por transmisión local confirmada en Puno y riesgo elevado de diseminación en Lima Metropolitana, Arequipa, Cusco, Huancavelica, Moquegua, Amazonas, Loreto, Tacna, Tumbes, Ucayali, Madre de Dios, Apurímac y la Provincia Constitucional del Callao.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;La Oficina General de Comunicaciones del Minsa propuso la modificación mediante &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2555205-1&quot;&gt;Nota Informativa N° D000479-2026-OGC-MINSA y Memorándum N° D00692-2026-OGC-MINSA&lt;/a&gt;, sustentados en informes técnicos que justifican la necesidad de ampliar el periodo de difusión debido a la ampliación de la vigencia de la emergencia sanitaria.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;La &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2555205-1&quot;&gt;Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia del Consejo de Ministros emitió su conformidad al proyecto de modificación&lt;/a&gt; el 11 de septiembre de 2026 mediante correo electrónico. La resolución modifica tanto el Plan de Estrategia Publicitaria 2026 del Ministerio de Salud como el Plan de Campaña Publicitaria específico sobre sarampión, originalmente aprobados por &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2555205-1&quot;&gt;Resolución Ministerial N° 552-2026/MINSA del 9 de junio de 2026&lt;/a&gt;.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;La ampliación del cronograma publicitario se realizó siguiendo los lineamientos de la &lt;a href=&quot;https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2555205-1&quot;&gt;Directiva N° 002-2023-PCM/SCS&lt;/a&gt;, que establece que las modificaciones al Plan de Estrategia Publicitaria requieren un informe técnico que sustente la necesidad y el mismo procedimiento de aprobación que el plan original.&lt;/p&gt;
</content:encoded><category>Análisis</category><category>nacional</category><author>Redacción La Columna</author></item></channel></rss>